¿Quién puede teletrabajar?

En principio, cualquiera que ejerza una profesión susceptible de ser desarrollada, al menos en su mayor parte, lejos de la sede del contratante, y que para las comunicaciones use medios telemáticos. Por lo cual, no es necesario que para la realización del trabajo se usen medios informáticos, sino sólo, para las comunicaciones. Es el caso de los grafistas que trabajan con métodos tradicionales de pintura y una vez realizadas, las escanean para enviarlas por correo electrónico. Como se ve en este caso, el teletrabajo no obligatoriamente supone el uso de ordenadores en la confección del trabajo. Desde luego, hay que descartar la idea de que para teletrabajar hay que ser informático o afín.